14 enero 2016

Pedimos a la Dirección General de Patrimonio que se retiren los árboles que ponen en peligro a la muralla abalurartada



   La ACCB se ha puesto en contacto con la Dirección General de Bibliotecas, Museos  y Patrimonio Cultural para comentarles la peligrosa situación que se está produciendo en la Muralla Abaluartada de Badajoz. En concreto nos referimos a la existencia de árboles pegados y dañando con sus raíces los lienzos de la fortificación catalogada como Bien de Interés Cultural. Las fotos que adjuntamos son del Baluarte de la Trinidad, ahora en obras, pero podrían ser extensibles a todo el recinto abaluartado.


   Les solicitamos, por lo tanto, que den las instrucciones pertinentes al Ayuntamiento de Badajoz para la retirada de estos árboles y salvaguardar así la Muralla Abaluartada.

   En este sentido, la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura es clara cuando habla del entorno de los BIC. En su art.38, sobre los BIC y sus espacios colindantes, se nos habla, de que dicho entorno debe realzar el bien y no perturbar su contemplación. Por ello, en ese mismo art.38, en su punto 3, se nos hace la siguiente puntualización:

“Art.38.3.-Podrán expropiarse y proceder a su derribo, los inmuebles y elementos que impidan o perturben la contemplación de los monumentos o den lugar a riesgos para el mismo.”

   Cuando la Ley, habla de “elementos”, deja una base legal, donde encajarían todo tipo de obstáculos visuales, como: árboles, señalizaciones de grandes dimensiones, marquesinas y un largo etcétera de elementos y mobiliarios urbanos.

Así mismo, la Ley de Patrimonio  Histórico y Cultural de Extremadura, en el art.39, sobre “Parámetros físicos y ambientales”, nos da unas nociones base, puesto que en todo momento pueden ser modificables por la Consejería de Cultura según casos especiales, sobre la delimitación de los espacios circundantes y medianeros de los BIC:

“Art.39.1.- Se procurará en la medida de lo posible que la delimitación del entorno facilite la lectura histórica del monumento y lo realce tanto espacial como ambientalmente.”

   Posteriormente, este artículo citado, en su punto 3.b, nos hace una aclaración más, diciendo:

“Art.39.3.- Los entornos de protección desde el vestigio más exterior del bien contemplarán con carácter general, cuanto menos, las siguientes distancias: b) 100 metros para elementos arquitectónicos.”

   Como se puede ver, por la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se estaría más que legitimado para quitar o sustituir los árboles y arbustos de gran porte que impidan la contemplación y lectura histórica de los sistemas abaluartados de la ciudad de Badajoz como se solicita desde la ACCB y otros colectivos y entidades culturales.

   Siendo esto aclaratorio, lo que no podemos entender es que, tal y como pueda ver por las fotografías que le adjuntamos, no se retiren, incluso, aquellos árboles que están dañando el BIC y que lo tienen, literalmente, agrietado y a punto de hacer que parte del Monumento se destruya y se venga a bajo.






No hay comentarios:

Publicar un comentario

¡Gracias por vuestros comentarios!
(Los comentarios serán visibles una vez se haya verificado que no son inadecuados ni contienen spam)

ACCB

cookie consent