Con motivo de la propuesta de recuperación del Baluarte de la Trinidad que ha preparado el Ayuntamiento de Badajoz, y donde se han declinado por una propuesta como la que se indica en la Opción B de la imagen, nuestra asociación quiere manifestar que considera este proyecto de
rehabilitación muy interesante y respetuoso en
su planteamiento, destacando puntos muy positivos como la recuperación de las
garitas desaparecidas, la habilitación del paseo de ronda y la eliminación de
la vegetación interior que daña al monumento y dificulta actualmente su
interpretación histórica tanto para los vecinos como para los turistas que se
acercan hasta este punto de la fortificación abaluartada.
En consecuencia, debemos evitar introducir elementos
que distorsionen la propia recuperación fiel e histórica del Baluarte, como
sería una pasarela impactante, ya que con ello podríamos echar por tierra una
buena rehabilitación a ojos de los ciudadanos, que se vería enturbiada por
dicha pasarela que llamaría poderosamente la atención hasta el punto de poder
anular las buenas sensaciones que deja el proyecto en su conjunto.
En este sentido, la Asociación propone que se
elimine de la licitación del proyecto la inclusión de la pasarela como
"mejora", y en su lugar se ofrezca a las empresas que concurran como
posible "mejora" la reconstrucción del tramo de cortina de la calle
Rivillas actualmente desmochado. En cualquier caso, reiteramos que se debe
evitar la colocación de la misma, prefiriendo el estado actual a la
introducción de tal elemento extraño.
Aunque nuestra asociación en febrero de 2013 ya presentó a las Administraciones y a la opinión pública un Plan de recuperación integral del Baluarte (http://ciudaddebadajoz.blogspot.com.es/2013/02/la-asociacion-civica-ciudad-de-badajoz.html), hemos vuelto a hacer una propuesta de soluciones espeíficas para la brecha de Puerta Trinidad, teniendo siempre como fin último evitar la citada
pasarela impactante y recuperar un pequeño tramo de muralla que consideramos
esencial para la visibilidad del Monumento.
Propuestas
para la reconstrucción de la brecha del baluarte de la Trinidad (Badajoz)
Uno
de los objetivos de la conservación y restauración del patrimonio histórico
debe ser facilitar a los ciudadanos su conocimiento, comprensión y valoración.
Muchos de los habitantes de Badajoz desconocen la extensión y ubicación de
nuestras murallas, ocultadas sistemáticamente entre edificios o arboledas
durante décadas. Buena parte de estos ciudadanos son incapaces de situarse a
intramuros o extramuros pues no interpretan la arquitectura de la propia
muralla.
La mejor manera de facilitar la interpretación del
conjunto amurallado es cerrar en lo posible su perímetro reconstruyendo las
brechas que han ido abriéndose en los diferentes lienzos. La rehabilitación del
entorno del baluarte de la Trinidad es una oportunidad para llevar a cabo lo
aquí expuesto.
No
se trata de realizar una reconstrucción indistinguible del original, como se ha
hecho en tantas rehabilitaciones durante el siglo XX, desde las ciudades Patrimonio
de la Humanidad alemanas destruidas durante la Segunda Guerra Mundial hasta el
teatro romano de Mérida (Fotos nº 1 y 2), al contrario, se trata de realizar
una reconstrucción que permita hacer reconocible a ojos de una persona no
experta la continuidad de un monumento.
Para
lograr esta interpretación, la reconstrucción debe aproximarse al máximo, pero
sin llegar al mimetismo, al original, evitando que por su excesivo contraste
prime lo exógeno al monumento primitivo, como sucedería por ejemplo si se
construyeran unos volúmenes metálicos, como ha sucedido en la Alcazaba de
Almería o en la rehabilitación de la torre musulmana de Huércal Overa (Foto nº
3), en la misma provincia. Todo este tipo de intervención provoca rechazo entre
la población y numerosas críticas a las instituciones que las llevan a cabo.
Nuestras
propuestas
La
restauración que proponemos implica la recuperación íntegra del lienzo, lo que
sería totalmente legítimo siguiendo la
Ley de Patrimonio Histórico de Extremadura, Ley 2/1999 de 29 de marzo, donde es
su artículo 33, punto 1. c) permite la reconstrucción si existen suficientes
elementos originales o el conocimiento documental suficiente de lo que se haya
perdido. En este caso se cumplen ambos criterios.
Existen
numerosas fotografías anteriores a la apertura de la brecha lo que permitirá
reconstruir merlones y cañoneras conforme a la Ley de Patrimonio.
La
necesidad de identificar la intervención y diferenciarla de la construcción
original puede realizarse de diversas maneras sin necesidad de que dicha
diferenciación sea estridente, pudiendo utilizar diferente cadencia en el uso
de piedra, retranqueos, tonalidades de acabado, líneas de ladrillo, etc…
La solución
adoptada sería igualmente válida para otras brechas de la muralla abaluartada,
en especial la existente en la calle Rivillas y que terminaría de cerrar este
baluarte.
El
principal obstáculo para dicha reconstrucción es la necesidad de permitir el
paso de vehículos.
¿Cómo
resolverlo?
Primera
posibilidad:
La solución ideal sería la construcción de un paso subterráneo (que incluso
podría empalmar con un posible aparcamiento subterráneo en la zona del campillo)
pero que sin duda es una solución técnica y económicamente complicada, pero que
no debería descartarse a largo plazo.
Segunda
posibilidad.
Permitir el paso de vehículos mediante un portillo de dimensiones suficientes
(Foto nº4). Esta solución, reconstrucción
de un tramo de lienzo sobre una brecha y apertura para vehículos ha sido
adoptada en la ciudad segoviana de Cuellar (Fotos nº5, 6, 7 y 8). No
incumpliría la ley de patrimonio porque la apertura practicada no sería
mimética con ninguna puerta histórica, lo que no llevaría a error en ningún
caso y por tanto no se opondría al punto 1.d) del citado artículo 33 de la Ley
de Patrimonio. La forma de diferenciar una puerta histórica de un simple hueco
practicado para el tránsito de vehículos es patente, máxime si se utiliza como
cargadero y como remate un material moderno como el acero. Además, la zona
reconstruida puede retranquearse un par de centímetros y acabarla en un tono
diferente al del resto de la muralla, que es como se ha realizado en Cuéllar.
Según el art.33 de la Ley de
Patrimonio Histórico de Extremadura, toda intervención en un Bien de Interés
Cultural (BIC) debe ir encaminada a su protección, conservación y mejora, es
decir, toda obra debe ir encaminada a su "conservación", y para ello
la ley nos dota de la posibilidad de reconstruir el BIC mediante técnicas
actuales pero respetando sus características definitorias mediante la
diferenciación de lo actual y lo existente, y teniendo siempre en cuenta la
documentación histórica existente y el uso de materiales originales o lo mas
parecido posibles a los mismos.
Por tanto no hablamos de un falso histórico o de un mimetismo, algo prohibido por ley pues puede llevar a la confusión, sino que por lo contrario, estamos hablando de ser fieles a lo que pudo ser el original con una reconstrucción diferenciada para dotar al Baluarte de la Trinidad de unidad, armonía y mejorar su contextualización dentro de todo el sistema amurallado. Un ejemplo de ello existe en nuestra propia ciudad, las Casas Consistoriales.
Artículo 33.–Criterios de intervención en inmuebles.
- Cualquier intervención en un inmueble declarado Bien de Interés Cultural habrá de ir encaminada a su protección, conservación y mejora, de acuerdo con los siguientes criterios:
a)
Se respetarán las características esenciales del inmueble, sin
perjuicio de que pueda autorizarse el uso de elementos, técnicas y materiales
actuales para la mejor adaptación del bien a su uso y para valorar determinados
elementos o épocas.
b)
Las características volumétricas y espaciales definidoras del
inmueble, así como las aportaciones de las distintas épocas deberán ser
respetadas. En caso de que se autorice alguna supresión, esta quedará
debidamente motivada y documentada.
c)
Los intentos de reconstrucción únicamente se autorizarán en los
casos en los que la existencia de suficientes elementos originales o el
conocimiento documental suficiente de lo que se haya perdido lo permitan. En
todo caso, tanto la documentación previa del estado original de los restos,
como el tipo de reconstrucción y los materiales empleados deberá permitir la
identificación de la intervención y su reversibilidad.
d)
No podrán realizarse adiciones miméticas que falseen su
autenticidad histórica.
e)
Cuando sea indispensable para la estabilidad y el mantenimiento
del inmueble, siempre que sean visibles, la adición de materiales habrá de
ser reconocible.
f)
Se impedirán las acciones agresivas en las intervenciones, salvo
que estén motivadas técnicamente y se consideren imprescindibles.
- En los monumentos, jardines históricos, sitios históricos, zonas arqueológicas, zonas paleontológicas y lugares de interés etnográfico no podrá instalarse publicidad, cables, antenas y todo aquello que impida o menoscabe la contemplación del bien dentro de su entorno sin la previa autorización administrativa.
Ademas también debe tenerse en cuenta el art.38 de la misma ley, que nos habla del entorno del monumento, pues es muy importante a la hora de decidir sobre una pasarela o una reconstrucción diferenciada, pues nos da varias claves: espacios libres, estructuras significativas y entorno. Esas tres claves son de aplicación a la "brecha" y su cierre, pues es un espacio vacío dejado por los lienzos de la muralla donde se piensa instalar una estructura significativa que afectara a la contemplación del entorno y su interpretación.
Es decir, que la pasarela puede ser interpretada a tenor
de la ley como un elemento discordante en el entorno que dificulte la
interpretación del monumento. Por el contrario si aplicamos este articulado a
una reconstrucción diferenciada nos encontramos con un elemento que ocupa un
espacio que ya ocupo en su día, por lo tanto no es una estructura significativa
es una semejanza al original y dota de unidad al monumento y su entorno.
También aquí se nos habla de: que
el volumen, tipología, morfología o cromatismo de las intervenciones no
pueden alterar al monumento y a su entorno.
Si aplicamos esto a la pasarela nos
encontramos con alteraciones en el color, forma y volumen, alterando el
conjunto. La reconstrucción diferenciada por el contrario no alteraría al
conjunto pues nos encontramos con un color similar (decimos similar porque la
diferenciación ideal seria en un tono parecido al original) una forma y volumen
parecido a lo que en su día existió en el lugar y no alteraría el conjunto sino
que lo unifica.
Artículo 38.–Entorno de los monumentos.
- El entorno de los monumentos estará constituido por los inmuebles y espacios colindantes inmediatos; se entiende como entorno de un bien cultural inmueble el espacio circundante que puede incluir: inmuebles, terrenos edificables, suelo, subsuelo, trama urbana y rural, espacios libres y estructuras significativas que permitan su percepción y compresión cultural y, en casos excepcionales, por los no colindantes y alejados, siempre que una alteración de los mismos pueda afectar a los valores propios del bien de que se trate, su contemplación, apreciación o estudio. A tal fin se concretarán exactamente los términos respecto al entorno del monumento a proteger. La existencia del entorno realza el bien y lo hace merecedor de una protección singular cuyo alcance y régimen específico se expresara en la resolución correspondiente de declaración de Bien de Interés Cultural o de inclusión en el Inventario del Patrimonio Históico y Cultural de Extremadura.
El entorno será delimitado en la correspondiente
resolución y gozará de la misma protección que el bien inmueble de que se
trate.
- El volumen, tipología, morfología o cromatismo de las intervenciones en el entono de los monumentos no pueden alterar el características arquitectónico y paisajístico de la zona, ni perturbar la contemplación del bien.
- Podrán expropiarse y proceder a su derribo, los inmuebles y elementos que impidan o perturben la contemplación de los monumentos o den lugar a riesgos para los mismos.
- Para cualquier intervención que pretenda realizarse, la existencia de una figura del planeamiento que afecte al entorno de un monumento no podrá excusar el informe preceptivo y vinculante de la Consejería de Cultura y Patrimonio.
- En el caso del entorno de un monumento declarado de Interés Cultural, integrado en un Conjunto Histórico que cuente con un Plan Especial de Protección, se regirá por lo establecido en el artí- culo 42.2 de la presente Ley.
A tenor de este art.38 también
seria de interés la protección de los Jardines de la Legión como Jardín
Histórico, pues ha creado una simbiosis entre la muralla y su entorno. Aunque
esto no impediría la retirada de arbolados que dificultan la contemplación del
bien principal que siempre deberá ser la muralla, mientras que el Jardín
Histórico debe ser un complemento secundario como entorno protegido.
Así mismo, recurriendo al derecho consuetudinario, es decir, el
derecho surgido de las costumbres del pueblo, de los ciudadanos, por hechos
repetidos en el tiempo, pues aunque no está escrito se le reconoce con fuerza,
deberíamos preguntarnos qué sería mejor a ojos del ciudadano: una
reconstrucción diferenciada que facilita la contemplación del bien y su mejor
interpretación por el ciudadano, o una pasarela metálica que el ciudadano medio
mirara como elemento extraño y que solo podrá ser interpretada por una minoría,
conocedora y purista de la materia, lo que nos obliga a recordar que el
Patrimonio Histórico es un bien propiedad de todos y que su interpretación debe
estar al alcance de todos. ¿Dónde queremos ir con esta ultima reflexión? a que
el ciudadano medio prefiere y entiende mejor las reconstrucciones, mientras que
la pasarela será un elemento discordante al que no podrán dar explicación. En
este sentido la Asociación Cívica Ciudad de Badajoz realizó una encuesta a
través de su web, donde han votado 204 personas entre el 19 de julio y el 28 de
noviembre, resultando que 171 de las cuales preferían la opción de una
reconstrucción realista de la muralla frente a la colocación de una simple
pasarela metálica.
Finalmente
Toda obra
sobre nuestra muralla abaluartada debe ir encaminada a restituirle la unidad
perdida tras las agresivas intervenciones efectuadas sobre ella en el siglo XX.
Solo de ese modo conseguiremos devolver el conjunto de elementos cuarteado,
deslavazado e inconexo al todo que algún día fue, recuperando su concepción y
esencia originales.
Es por ello que creemos que esta obra es mucho más que una actuación puntual,
ya que trasciende el mero aspecto urbanístico o patrimonial para, desde nuestro
punto de vista, tener repercusiones sociológicas en la mentalidad de nuestros
paisanos y su relación con un patrimonio que le rodea. Relación que nunca hasta
ahora ha sido demasiado afectuosa y sí ha discurrido habitualmente por los
caminos del desconocimiento y la indiferencia. Difícilmente vamos a conseguir
que el pacense se reconcilie y sienta como propia su muralla si las intervenciones
sobre ella le alejan del pueblo para satisfacer criterios excesivamente puristas
(y siempre discutibles, incluso legalmente, como hemos visto) de un puñado de
técnicos. Busquemos el equilibrio, el término medio. Seamos didácticos. De algún
modo estamos jugando con el futuro de Badajoz, con sus posibilidades económicas,
de empleo, de desarrollo cultural, con su autoestima y autodefinición de ciudad.
De esta obra depende en gran medida poner fin o dar continuidad al divorcio del
ciudadano badajocense con su muralla.
Utilicemos
el sentido común. No tapemos un error con otro error. Seamos inteligentes.
Tengamos altura de miras. La ciudad sabrá agradecerlo.
Créditos
fotográficos: Fondo de la ACCB, Diario Hoy, Pedro Montesinos, www.porsolea.com,
www.festivaldemerida.es,
www.murallasdecuellar.es