22 octubre 2015

Pedirmos a la DG de Patrimonio que retire los árboles que ponen en peligro y ocultan la Muralla Abaluartada en el Baluarte de la Trinidad


    Nos hemos puesto en contacto con la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural para comentarles la mala situación que se está produciendo en la Muralla Abaluartada de Badajoz. En concreto nos  referimos a la existencia de  árboles pegados y dañando con sus raíces los lienzos de  la fortificación catalogada como BIC. Las fotos que adjuntamos son del Baluarte de la Trinidad, ahora en obras, pero podrían ser extensibles a todo el recinto abaluartado. Les solicitamos, por  lo  tanto, que den las instrucciones pertinentes al Ayuntamiento de Badajoz  para la retirada de estos árboles y salvaguardar así la Muralla Abaluartada.

   En este sentido, la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura es clara cuando habla del entorno de los BIC. En su art.38, sobre los BIC y sus espacios colindantes, se nos habla, de que dicho entorno debe realzar el bien y no perturbar su contemplación. Por ello, en ese mismo art.38, en su punto 3, se nos hace la siguiente puntualización:

“Art.38.3.-Podrán expropiarse y proceder a su derribo, los inmuebles y elementos que impidan o perturben la contemplación de los monumentos o den lugar a riesgos para el mismo.”

   Cuando la Ley, habla de “elementos”, deja una base legal, donde encajarían todo tipo de obstáculos visuales, como: árboles, señalizaciones de grandes dimensiones, marquesinas y un largo etcétera de elementos y mobiliarios urbanos. Así mismo, la Ley de Patrimonio  Histórico y Cultural de Extremadura, en el art.39, sobre “Parámetros físicos y ambientales”, nos da unas nociones base, puesto que en todo momento pueden ser modificables por la Consejería de Cultura según casos especiales, sobre la delimitación de los espacios circundantes y medianeros de los BIC:

“Art.39.1.- Se procurará en la medida de lo posible que la delimitación del entorno facilite la lectura histórica del monumento y lo realce tanto espacial como ambientalmente.”

   Posteriormente, este artículo citado, en su punto 3.b, nos hace una aclaración más, diciendo:

“Art.39.3.- Los entornos de protección desde el vestigio más exterior del bien contemplarán con carácter general, cuanto menos, las siguientes distancias: b) 100 metros para elementos arquitectónicos.”

   Como se puede ver, por la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se estaría más que legitimado para quitar o sustituir los árboles y arbustos de gran porte que impidan la contemplación y lectura histórica de los sistemas abaluartados de la ciudad de Badajoz como se solicita desde la ACCB y otros colectivos y entidades culturales. Siendo esto aclaratorio, lo que no podemos entender es que, tal y como se puede ver por las fotografías que adjuntamos, no se retiren, incluso, aquellos árboles que están dañando el BIC y que lo tienen, literalmente, agrietado y a punto de hacer que parte del Monumento se destruya y se venga abajo.





        

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